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¡LA JUSTICIA FRENÓ EL AUMENTO DE LA LUZ! Qué pasa con las facturas en la Provincia

Por: Carlos Rodriguez

Una medida cautelar suspendió la Resolución 585/2026 y ordenó retrotraer los componentes provinciales de las tarifas al cuadro anterior. Los usuarios que ya pagaron con el incremento deberán recibir la diferencia como saldo a favor.

La Justicia bonaerense suspendió el aumento de las tarifas de electricidad que comenzó a aplicarse en agosto y ordenó retrotraer los componentes provinciales del servicio al cuadro tarifario anterior. La medida cautelar fue dictada a partir de una presentación realizada por el Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, Guido Lorenzino.

La decisión fue tomada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo número 1 de Bahía Blanca, a cargo de Agustín López Coppola, que dejó en suspenso la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos. Esa normativa había establecido nuevos valores para las distribuidoras eléctricas bajo jurisdicción provincial.

El fallo alcanza a EDELAP, EDES, EDEA y EDEN, las cuatro empresas distribuidoras reguladas por la provincia de Buenos Aires. La medida, en cambio, no incluye a Edenor ni Edesur, debido a que ambas compañías se encuentran bajo jurisdicción nacional.

A partir de la resolución judicial, las empresas alcanzadas deberán volver a aplicar el cuadro tarifario anterior al incremento cuestionado en lo referido a los componentes provinciales de la factura.

Esto significa que los usuarios de las distribuidoras comprendidas por la medida deberán recibir sus próximas facturas con esos componentes calculados de acuerdo con los valores anteriores, mientras la Justicia analiza el fondo de la cuestión.

Pero el fallo también contempla a quienes ya pagaron una factura con el aumento. En esos casos, la diferencia entre el monto abonado y el que correspondía según el cuadro tarifario anterior deberá ser reconocida como saldo a favor en las próximas liquidaciones.

El planteo presentado por la Defensoría del Pueblo estuvo centrado principalmente en la actualización del Valor Agregado de Distribución, uno de los componentes que integran la tarifa eléctrica.

Según argumentó el organismo, antes de disponer esa actualización debía realizarse una instancia de participación de los usuarios mediante una audiencia pública. La falta de esa instancia fue uno de los puntos centrales del cuestionamiento judicial.

Tras conocerse la decisión, Lorenzino sostuvo: “Tras una presentación que hicimos desde Defensoría la Justicia ordenó suspender el aumento de la tarifa eléctrica en la Provincia. Las empresas distribuidoras no pueden trasladar aumentos a las familias sin cumplir con la obligación legal de informar y debatir previamente”.

La resolución también establece condiciones para futuras modificaciones de los componentes provinciales mientras continúe el proceso judicial. En ese período, no podrán aplicarse nuevos incrementos sin una instancia previa que garantice la participación de los usuarios, de acuerdo con lo establecido en el fallo.

La medida cautelar no implica, sin embargo, que los aumentos hayan sido eliminados de manera definitiva. Lo que dispuso la Justicia es la suspensión de su aplicación mientras continúa el expediente y se analiza la validez de la resolución cuestionada.

La Resolución 585/2026 había sido publicada a fines de julio y establecía los nuevos cuadros tarifarios correspondientes a las distribuidoras bonaerenses. El Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires había registrado los valores para los distintos períodos de consumo.

De esta manera, el efecto inmediato de la decisión judicial alcanza a los usuarios de EDELAP, EDES, EDEA y EDEN. Quienes ya abonaron facturas con los valores incrementados deberán recibir el crédito correspondiente en una liquidación posterior, mientras que las empresas deberán adecuar las nuevas facturaciones a los valores anteriores en los términos establecidos por la Justicia.

Para los clientes de Edenor y Edesur, en tanto, la medida no modifica sus facturas, ya que esas distribuidoras están bajo regulación nacional y no forman parte del alcance de la resolución judicial bonaerense.

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