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Chau subsidios automáticos: el Gobierno aprieta el filtro y obliga a declarar ingresos para pagar menos luz y gas

Por: Carlos Rodriguez

Desde ahora habrá solo dos categorías de usuarios residenciales. Para conservar el subsidio será obligatorio presentar una declaración jurada y demostrar ingresos menores a tres Canastas Básicas Totales. Quien no cumpla, lo pierde.

El Gobierno nacional endureció las condiciones para acceder a los subsidios en las tarifas de luz y gas y oficializó un nuevo esquema que reduce al mínimo las categorías de usuarios residenciales. A partir de la nueva normativa, solo existirán dos situaciones posibles: hogares con subsidio y hogares sin subsidio, sin escalas intermedias.

La medida, impulsada por el Ministerio de Economía, establece que todas las personas que deseen mantener el beneficio deberán completar obligatoriamente una declaración jurada y actualizar su información personal y patrimonial. El trámite será condición excluyente para continuar dentro del régimen y su omisión implicará la pérdida automática del subsidio.

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El nuevo sistema unifica los criterios para los servicios de electricidad, gas natural, gas propano por redes y garrafas, y deja atrás la segmentación previa. Para acceder al beneficio, los hogares deberán acreditar ingresos netos totales iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un Hogar tipo 2, lo que equivale a alrededor de 3.900.000 pesos según los últimos datos oficiales del INDEC.

Quienes cumplan con ese requisito quedarán inscriptos en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados. Además, podrán acceder al beneficio aquellos hogares que cuenten con una persona titular del Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP, una Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra o un Certificado Único de Discapacidad, casos en los que el ingreso no será el único factor determinante.

La normativa también define exclusiones estrictas basadas en la capacidad económica. Quedarán fuera del régimen los hogares que posean un vehículo con menos de tres años de antigüedad, salvo que exista una persona con discapacidad, así como quienes tengan tres o más inmuebles, embarcaciones de lujo, aeronaves o participación en sociedades comerciales.

Estos criterios quedaron establecidos en la Disposición 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, publicada en el Boletín Oficial. La detección de cualquiera de estos indicadores en un integrante del grupo familiar podrá derivar en el rechazo del trámite o en la exclusión del subsidio, aun cuando se cumplan los límites de ingresos.

El nuevo registro se conformará inicialmente con los datos heredados del esquema anterior, pero la autoridad de aplicación podrá cruzar información patrimonial, fiscal y de bienes declarados para evaluar la verdadera capacidad de pago de cada hogar. También se incorporarán criterios de ubicación geográfica de la vivienda para verificar la consistencia de los datos aportados.

Con este cambio, el Ejecutivo avanza en un esquema más restrictivo que apunta a achicar el universo de hogares subsidiados y trasladar progresivamente el costo pleno de la energía a quienes considere con mayor capacidad económica.

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