POLICIALES
¡SE HIZO JUSTICIA! Absolvieron a la mujer condenada por matar a su marido y ordenaron su liberación
El Tribunal de Casación bonaerense consideró que Cecilia Morales actuó en legítima defensa durante un ataque y que el caso debía analizarse con perspectiva de género. Había recibido una pena de 15 años por la muerte de Jorge Alcides Junco.
El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires revocó la condena a 15 años de prisión que había recibido Cecilia Morales por la muerte de su marido, Jorge Alcides Junco, y ordenó su inmediata liberación. Los jueces consideraron que la mujer actuó en legítima defensa, en el marco de una situación de violencia de género permanente.
La resolución fue dictada por los camaristas Mario Eduardo Kohan y María Florencia Budiño, quienes cuestionaron el análisis realizado por el tribunal que llevó adelante el juicio. Según sostuvieron, el caso no había sido evaluado con la perspectiva de género necesaria para comprender la situación de violencia que atravesaba Morales.
El hecho ocurrió el 23 de marzo de 2025, en la vivienda que la pareja compartía en Mariano Acosta, partido de Merlo. De acuerdo con el relato de la mujer, Junco se levantó malhumorado, comenzó a insultarla y le quitó el teléfono celular. Cuando Morales intentó salir de la casa, él la alcanzó, la arrojó al suelo y comenzó a golpearla en el rostro.
La mujer consiguió encerrarse en el baño, pero Junco ingresó y la estranguló en dos oportunidades. Luego, cuando Morales salió hacia la cocina, el hombre tomó una cuchilla y comenzó a provocarle heridas en las piernas. En ese momento, ella logró quitarle el arma, se la apuntó y, cuando él volvió a avanzar sobre ella, se la clavó en la zona cardíaca.
La herida provocó una hemorragia interna que derivó en la muerte de Junco. Cuando fue detenida, Morales presentaba golpes en el rostro, marcas en el cuello y lesiones en las piernas. Esas heridas fueron corroboradas mediante una pericia médica y coincidían con su relato sobre el ataque.
Durante el proceso, la mujer también contó que Junco la obligaba a mantener relaciones sexuales con terceros contra su voluntad y que la amenazaba de muerte si se negaba. “Si no lo hacía me mataba a golpes”, declaró al describir el contexto de violencia física, sexual y psicológica en el que vivía.
El Tribunal Oral que intervino inicialmente, integrado por Rodolfo Castañares, Carlos Roberto Torti y Verónica Vanesa Gerez, consideró probado que Morales había apuñalado a su marido durante la discusión. Sin embargo, descartó que hubiera actuado en legítima defensa al entender que no existían pruebas suficientes para sostener esa hipótesis.
Los jueces le impusieron una pena de 15 años de prisión, inferior a la condena prevista para el homicidio agravado por el vínculo, porque consideraron que existían “circunstancias extraordinarias de atenuación”. En su sentencia describieron la relación como “tóxica”, pero no reconocieron que el ataque sufrido por Morales configurara una situación de legítima defensa.
Casación revisó esa decisión en un fallo de 21 páginas y llegó a una conclusión diferente. Los camaristas describieron la relación como una “convivencia traumática” atravesada por un “estado de temor permanente” y señalaron que el peligro no había desaparecido cuando la mujer logró apoderarse de la cuchilla.
Para los jueces, la pérdida momentánea del arma por parte de Junco no significaba que la agresión hubiera terminado. La secuencia debía analizarse como un episodio continuo, desarrollado en cuestión de segundos, y no como hechos separados sin relación entre sí.
En ese sentido, el tribunal sostuvo que la agresión continuaba cuando Morales utilizó la cuchilla y que su reacción debía ser evaluada dentro del contexto completo de violencia denunciado durante el juicio. A partir de esos argumentos, revocó la condena, absolvió a Cecilia Morales y ordenó su inmediata libertad.
