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La Justicia tratará el amparo colectivo contra el Decreto de Urgencia que busca desregular la economía
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La Justicia tratará el amparo colectivo contra el Decreto de Urgencia que busca desregular la economía

Esteban Furnari, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal número 2, admitió la solicitud conjunta de ATE y la CTA, en colaboración con el Observatorio del Derecho a la Ciudad, pidiendo la invalidez constitucional de la acción tomada por el Gobierno de Javier Milei.

La justicia decidió validar una acción legal presentada por agrupaciones como ATE y la CTA, respaldadas por el Observatorio del Derecho a la Ciudad, como un recurso colectivo que busca la anulación y declaración de inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 sobre desregulación económica, recientemente promulgado por el Gobierno liderado por Javier Milei.

El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal número 2, liderado por Esteban Furnari, aceptó este recurso y dictaminó su registro en el Registro de Procesos Colectivos, según el texto de la resolución obtenido por Télam.


Esta presentación fue realizada el pasado jueves por el Observatorio del Derecho, junto con Hugo “Cachorro” Godoy, secretario general de la CTA Autónoma; Claudio Lozano, presidente de Unidad Popular; y Rodolfo Aguiar, titular de ATE nacional.

En el documento, los líderes señalaron que esta normativa conlleva un "abuso de poder y un desvío del derecho público al infringir el principio republicano, la separación de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina para participar en la gestión de los asuntos públicos, ya sea directamente o a través de sus representantes".

El objetivo de la demanda busca obtener la declaración de inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del DNU que fue presentado esta semana en cadena nacional por el presidente Javier Milei y publicado el jueves en el Boletín Oficial, por constituir "el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público".


Los demandantes solicitaron una medida cautelar que suspenda los efectos de la norma, así como la suspensión del artículo 24 de la Ley 26.122 del Régimen Legal de los DNU que establece que "el rechazo por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación".

En los fundamentos de la presentación los dirigentes también citaron el fallo conocido como "Halabi, Ernesto c/ PEN ley 25.873 y decreto 1563/04 s/ amparo".

En ese fallo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) creó la figura de la "acción colectiva" para proteger derechos homogéneos, en el marco de una causa en la que se analizó la inconstitucionalidad de las normas que autorizan la intervención de comunicaciones telefónicas y por Internet.

Tal decisión permitió, en 2009, que una sentencia tenga efectos para todos los ciudadanos que padecen un mismo problema, sin necesidad de tener que iniciar un juicio, según la información recabada en el Centro de Información Judicial (CIJ).


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